La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó, con fecha 18 de julio de 2023, el comunicado de prensa 257/2023 titulado “Cuando el patrón omita el pago de aportaciones al INFONAVIT, las autoridades laborales deberán condenarlo a su cumplimiento, aunque ya no exista relación de trabajo”. Este comunicado es con fines de divulgación de la tesis con registro digital 2025032 publicada el 5 de agosto de 2022 en el Semanario Judicial de la Federación. La justifiación que fue dada a este criterio por parte de la Segunda Sala es que si el acto jurídico que condiciona el derecho a la seguridad social es la existencia de una relación de trabajo, acreditada ésta, se hacen exigibles al patrón las obligaciones previstas en los artículos 136 de la Ley Federal de Trabajo y 29, fracciones I y III, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
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