Conoce la página oficial acerca del Covid-19 en México

En esta página podrás ver todo lo relevante del nuevo semáforo covid-19 y atención médica

Coronavirus.gob.mx es la página oficial en México acerca del Covid-19, si bien antes ya se tenía un apartado del tema, ahora es una página exclusiva que tiene como propósito ser parte de la “nueva normalidad”, ya que en ella se podrá ver en qué color del semáforo nos encontramos día con día. Al conocer esta página sabrás qué sectores empresariales ya pueden abrir y que medidas tener con tu equipo de trabajo. Y a continuación, te diremos en qué consiste y qué podrás encontrar en ella.

Inicio

En este apartado encontrarás el nuevo semáforo de Covid-19 que rige a la CDMX; ya que cada Estado lleva un control diferente.  Al dar clic en el apartado de “semáforo ” (cambiará conforme la ocupación hospitalaria) podrás ver en qué color se encuentra la CDMX (el color qué está en acción parpadea) y todo lo que se permite en cada color.

Imagen: Coronavirus.gob

También se encuentran los números de atención y  dudas acerca del Covid-19 (WhatsApp y código QR). Después verás una sección de Todo sobre el Covid-19: informes, cursos, mitos, recomendaciones de salud, etc. Además de las medidas de sana distancia y posible contagio, al final cuenta con una sección para dibujar a “Susana Distancia”

Datos

Imagen: Coronavirus.gob

Aquí podrás consultar las estadísticas del día como: casos confirmados, negativos, recuperados, graficas por estado, etc. Además de podrás descargar las gráficas en PDF y, por último, podrás leer la Nota Metodológica, la cual explica cómo se realizan los conteos por Covid-19.

Personas con discapacidad

Imagen: Coronavirus.gob

En esta sección se pude consultar, de nuevo, la información general sobre el Covid-19. Después las conferencias de prensa accesibles y lo más interesante, la sección de Tele-rehabilitación y Terapia respiratoria que cuenta con videos sobre cómo reducir la ansiedad y ejercicios de fortalecimiento de los músculos respiratorios, entre otros.

Público general

Imagen: Coronavirus.gob

Esta sección es muy amplia, ya que cuenta con varias subsecciones como: capacitación, documentación de consulta, medidas de prevención, mitos y realidades, multimedia, preguntas frecuentes, adultos mayores, niñas y niños, salud materna, salud mental y violencia de género. Cada una cuenta con medios de contacto y consejos preventivos.

Personal de salud

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Ya seas un profesional de la salud o no, esta sección te interesará, ya que muestra cómo se limpia y desinfectan los materiales médicos, además de diferentes métodos y atenciones que se aplican en casos de contagio.

Contacto

Imagen: Coronavirus.gob

Y, por último, la sección de Contacto, aquí se ponen a disposición todos los números de servicios, Emergencias, Atención a mujeres en embarazo, ISSSTE, Atención ciudadana, Incapacidades IMSS.  También está el número de la Unidad de Inteligencia Epidemiológica y Sanitaria, y por último comparten sus redes sociales oficiales para que veas lo último en noticias relevantes de Covid-19.

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Fuente:  Coronavirus.gob

El coronavirus, ¿afectará o impulsará la industria mexicana?

Los fletes suben a más del doble y empresas se quedan sin repuestos…

La epidemia del Coronavirus (COVID-19) ha dejado una pérdida de acciones en la industria empresarial. Por ejemplo, por las constantes cancelaciones de vuelos a China e Italia, la aerolínea regional británica Flybe, quebró. Ante esto se puede visualizar la cadena de problemas a los que se enfrentará la industria mexicana, de las cuales, la industria aeronáutica y automotriz podrían ser las más afectadas.

Las aerolíneas nacionales como Volaris, Aeroméxico y VivaAerobus preparan protocolos para responder de forma inmediata ante más pasajeros que provengan de Italia y China, y así mitigar la propagación del virus. De igual forma, están cambiando vuelos con destino a países asiáticos por diferentes destinos, esto para no perder servicios ni clientes. Enrique Beltranena, director general de Volaris, ha declarado que “no se ha visto impacto de esta crisis de salud en las ventas ni en el factor de carga”.

Se prevé que los mayores obstáculos vendrán por parte de los fletes. Por ejemplo, la industria automotriz, principal cliente de China, se ve fuertemente afectada, ya que pagó por adelantado la compra de piezas automotrices a China, y solo muy pocos vagones son los que han salido de Wuhan (cadena de producción automotriz), y una vez que llegan a Hermosillo, Sonora, se teme abrirlas por miedo a estar infectadas por el virus.

Sumado a esto, está el incremento de precio de fletes. El viaje, hoy en día, de un contenedor cuesta alrededor de 5000 dólares, a diferencia del año pasado con un costo de 1800 dólares. Recordemos que China es el segundo socio comercial de México y que ha dependido, en gran manera, de la entrega de piezas de repuesto o equipos industriales.

Pero, para la especialista, Alicia Girón González, de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), esto representa, en vez de una desventaja, una gran oportunidad de crecimiento para México. Ya que podría convertirse en ensambladora y exportadora de piezas industriales.

¿Crees que México se convertirá en el próximo exportador industrial a nivel mundial? En Grupo Administrategia tenemos más notas interesantes que podrán interesarte. ¡Checa nuestra sección de noticias y síguenos en redes sociales para mantenerte informado sobre este tema!

Fuentes: Aristegui Noticias y La jornada.

Paquete Económico 2020: ¿cuáles serán los cambios fiscales?

Conoce las propuestas que la Secretaría de Hacienda plantea en materia fiscal para el 2020.

El Paquete Económico 2020 que la Secretaría de Hacienda envió al Congreso de la Unión contempla diversos cambios fiscales. ¿Ya conoces cuáles son?

Arrendadores: Hacienda propone que la emisión de facturas por parte del arrendador sea obligatoria. Asimismo, se pretenden establecer juicios de arrendamiento de inmuebles, donde los arrendatarios se vean obligados a pagar rentas que han vencido.

Estrategias de carácter fiscal: Aquellos que brinden asesoría fiscal estarán obligados a reportar sus estrategias ante el SAT. Si no pasan esta información contable podrían ser multados hasta con 1 millón de pesos.

Outsourcing: Todas las personas (morales o físicas) que reciban servicios de subcontratación o Outsourcing estarán obligadas a realizar la retención del IVA.

Ventas por catálogo: Las empresas de mayoreo tendrán que retener el impuesto del vendedor particular con el objetivo de hacer más sencillo el cobro del ISR (Impuesto Sobre la Renta). Cabe aclarar que antes el vendedor por catálogo pagaba directamente el impuesto al SAT.

Fiscalización: Se propone que existan requerimientos más estrictos cuando se trata de obtener la firma electrónica. Asimismo, se ampliarán las causales de cancelación de certificados de los sellos digitales.

Plataformas digitales: Los que presten servicios a través de una plataforma digital pagarán ISR a través de una retención de las plataformas. La tasa de retención mensual oscila entre el 2% y el 17%, ya que depende del giro de la empresa. Por ejemplo, la tasa que pagaría Uber sería menor a la de Airbnb.

Tasa de retención: Se propone que para el siguiente año la tasa de retención eleve del 1.04% al 1.45% por concepto de ISR para inversiones. La justificación para este punto es que el rendimiento neto de los instrumentos financieros ha ido aumentando.

Deudas: Se planea limitar a aquellas empresas que deduzcan intereses que provengan de deudas. Así, en 2020 se podrá deducir hasta un 30% de los intereses que las empresas pagan en México.

Estado de quiebra: Hacienda propone que cuando una empresa está atravesando liquidación, los accionistas y socios se conviertan en responsables solidarios. Y es que antes, si la empresa presentaba su declaración fiscal el fisco los exentaba de esta responsabilidad. 

Bebidas: Se planea subir el IEPS sobre las bebidas saborizadas a una cuota de 1.2705 pesos por cada litro, desde la ya cuota actual que es de 1.17 pesos. Esto con el objetivo de que las personas limiten su consumo de bebidas azucaradas, pues su impacto negativo en la salud es innegable.

Para más información, ingresa aquí.

Fuente: Reforma.

¿Qué opinas de los cambios que propone Hacienda en materia fiscal para este nuevo año? Comparte este artículo en redes sociales y dinos tu opinión.

¡Allinial Global gana prestigioso premio internacional!

La asociación de firmas de contadores Allinial Global fue reconocida por su creciente labor a nivel mundial.

Allinial Global es una asociación de firmas de contadores actualmente en el número 5 a nivel internacional. Tiene oficinas en Norteamérica, así como miembros y alianzas en distintas latitudes del mundo.

La semana pasada, durante el prestigioso evento International Accounting Bulletin en Londres, Allinial Global fue galardonada con el premio Rising Star Association of the Year. Los comentarios de los jueces fueron los siguientes:

“El ganador de este premio ha demostrado crecimiento excepcional, talento emprendedor e innovación para elevar su posición en el mercado tan competitivo de asociaciones globales. El ganador de este año fue reconocido por haber ganado excepcionales membresías, así como por el lanzamiento de nuevos recursos que soportan su estrategia centrada en el cliente”.

En Grupo Administrategia nos sentimos muy orgullosos de formar parte de Allinial Global, una asociación reconocida a nivel mundial, pues reitera nuestro compromiso por siempre incursionar en mejores prácticas en el mundo de la contabilidad.

¡Felicidades, Allinial Global!

Cómo tomar buenas decisiones sin morir en el intento

3 claves para tomar mejores decisiones en tu negocio sin perder tiempo pensando…

El ser humano es indeciso por naturaleza. Y en un mundo donde cada vez se nos presentan más y mejores opciones, es normal sentirse abrumado y en ocasiones tomar la decisión incorrecta.

Cuando de negocios se trata, hay más presión todavía. Y es que las decisiones que tomas como jefe, gerente o supervisor, repercuten en todo tu equipo. Pero existen algunas técnicas para tomar las mejores decisiones y lo que es mejor, no perder tiempo pensando. Aquí te damos 3 tips para lograrlo:

Sé positivo

Es común que, al enfrentarse con una decisión, las personas piensen en todo lo que podría salir mal. Esto los vuelve aún más indecisos, y terminan dándole vueltas a un tema que podría ser resuelto fácilmente. La próxima vez que tengas que decidir algo para tu empresa, enfócate en lo que podría salir bien. Hacer este simple cambio en tu mente no solo te tranquiliza, sino que también te motivará.

Piensa en el aquí y el ahora

Existen personas que toman decisiones basadas en experiencias pasadas. O están aquellos que temen que su decisión no esté alineada con ciertos valores o políticas empresariales. Pero recuerda, es de sabios cambiar de opinión. Así que cuando vayas a tomar una decisión, considera el contexto actual. No dejes de elegir algo que será beneficioso solo porque no es lo que se espera de ti.

Recuerda la escala de grises

En ocasiones los humanos podemos llegar a ser muy tercos. Creemos que todo es blanco o negro y olvidamos los grises. Las decisiones no son ni buenas ni malas, la realidad es que casi todas suelen estar en medio. Lo importante es aceptar que en cualquier decisión hay pros y contras. Una vez que entiendas esto, decidir se volverá más rápido y sencillo.

¿Te gustaron las recomendaciones? Comparte este artículo en redes sociales y cuéntanos tu proceso para tomar decisiones… No olvides seguirnos en Facebook, Twitter y Linkedin para enterarte de más tips de negocios.

API se fusiona con Angelus Cars

API Arrendamiento Puro Inteligente (unidad de negocio de Grupo Administrategia) se fusiona con la empresa Angelus Cars.

El pasado 1 de abril de 2019, la empresa API Arrendamiento Puro Inteligente, unidad de negocio de Grupo Administrategia, inició una nueva etapa al haberse fusionado con Angelus Cars.

Cabe mencionar, que API tiene con varios años de atender el mercado del arrendamiento puro, especialmente para equipos de transporte y arrastre; y que además cuenta con una base de clientes sólida y creciente.

Por su parte, Angelus Cars es una subsidiaria de la empresa Angelus Leasing dirigida al sector de medianas empresas en México, que inició operaciones hace 5 años y desde entonces ha fortalecido su base de clientes en el otorgamiento de crédito y arrendamiento.

Si bien individualmente estas empresas alcanzaban buenos resultados, unidas mejorarán la oferta de servicios no solo para clientes actuales, sino también futuros.

No cabe duda de que esta fusión fortalece aún más su posición en el mercado, así como su estructura financiera. La unión de estas dos empresas, que juntas suman 15 años de experiencia, reafirma los compromisos adquiridos con clientes, socios comerciales y equipo de trabajo. Asimismo, motiva a alcanzar nuevos retos y metas más ambiciosas.

¡Felicidades a API Arrendamiento Puro Inteligente y Angelus Cars por su fusión!

Todo lo que debes saber sobre la Declaración Anual del SAT

Te decimos cómo declarar tus impuestos. Descubre dónde, cómo y quiénes deben presentar la Declaración Anual ante el SAT.

En México, abril es el mes de la Declaración Anual para las personas físicas, ese documento oficial en el que los contribuyentes presentan impuestos ante el SAT (Servicio de Administración Tributaria) los gastos e ingresos percibidos durante el año anterior, en este caso durante el 2018.

Si tienes dudas con respecto a este trámite, aquí las resolvemos todas:

Además de gastos en general, ¿qué otros gastos son deducibles de impuestos?

En tu Declaración Anual, puedes deducir honorarios por servicios médicos, dentales, gastos hospitalarios,  análisis, graduación de lentes, colegiaturas y servicios funerarios por hasta $24,500.

¿Quiénes están obligados a presentar la Declaración Anual?

Estás obligado a presentar la Declaración Anual si percibiste ingresos por salarios en 2018 y:

  • Obtuviste ingresos mayores a $400,000.
  • Dejaste de prestar servicios antes del 31 de diciembre del año fiscal en cuestión.
  • Obtuviste ingresos de dos o más patrones de manera simultánea.
  • Además de salario, obtuviste ingresos acumulables, como honorarios, arrendamiento, actividad empresarial, etc.
  • Percibiste ingresos de empleadores no obligados a hacer retenciones.
  • Percibiste ingresos por jubilación, pensión, liquidación o indemnización laboral.

No estás obligado a presentar la Declaración Anual si:

  • Obtuviste ingresos exclusivamente por salarios de un solo patrón (siempre y cuando te haya emitido CFDI de nómina).
  • Obtuviste ingresos por salarios y que en su caso, también hayas obtenido ingresos por intereses nominales que no hayan excedido los $20,000.

¿Hasta cuándo puedes hacer la Declaración Anual?

Tienes todo el mes de abril para presentarla.

¿Dónde y cómo se realiza la Declaración Anual?

Debes ingresar al sitio web del SAT, donde te pedirán tu RFC y contraseña (la cual debes tramitar previamente). Actualmente, el SAT proporciona herramientas como el Visor de Nómina y el Simulador de Declaración anual para revisar con antelación los datos que aparecerían en la declaración, y si es necesario, corregirlos.

¿Necesitas ayuda para presentar tu Declaración Anual? Contáctanos, nosotros podemos apoyarte… No olvides seguirnos en nuestras redes sociales para conocer más sobre impuestos.

Todo lo que debes saber sobre las Iniciativas de Reformas Fiscales en México

Las principales propuestas en materia fiscal incluidas en el Proyecto de Nación de AMLO son las siguientes:

 

1. Perspectivas de la Política Fiscal 

En julio de este año se dieron a conocer algunos de los criterios que, en esta materia, la nueva administración piensa seguir. Las principales propuestas en materia fiscal incluidas en el Proyecto de Nación de AMLO son las siguientes:

 

  • Evitar mayor deuda pública.
  • No imponer nuevos impuestos, ni incrementar los existentes, con el fin de mantener la estabilidad.
  • Reducción del gasto público innecesario.
  • Reducción de la tasa corporativa de impuesto sobre la renta de un 30% a un 20%, y reducir el IVA en los estados fronterizos.
  • Los precios de la gasolina únicamente se actualizarán conforme a inflación.

En lo que respecta a las medidas anticorrupción en los sectores fiscal y financiero, a continuación, enlistamos las propuestas:

  • Colaboración internacional para el combate a paraísos fiscales.
  • Endurecimiento de controles del sistema bancario sobre lavado de dinero.
  • Investigación minuciosa y cancelación de empresas fantasma.
  • Auditoría inmobiliaria en los Estados Unidos de personajes mexicanos provenientes de la política y los altos negocios.
  • Ley de conflictos de intereses en materia financiera.
  • Eliminación de programas de consolidación fiscal.
  • Mayor disciplina en el combate de delitos tributarios y trasparencia total en declaraciones juradas y patrimoniales.
  • Eliminación absoluta del secreto bancario, fiduciario y fiscal cuando se investiguen delitos tributarios y prácticas financieras ilícitas.
  • Aumento de los controles sobre banqueros y financieros e instauración de nuevas sanciones para los servidores públicos que colaboren con este tipo de delitos.

 

2. Iniciativas de Reforma 

Desde el 1° de septiembre de 2018, fecha de inicio de la LXIV Legislatura, se han presentado diversas iniciativas en materia fiscal, de las cuales podemos destacar las siguientes:

  • Reducción de IVA e ISR en zona fronteriza.
  • Propuesta de reformas legales para combatir la comercialización de comprobantes fiscales que amparan operaciones inexistentes o simuladas.
  • Impuesto sobre los ingresos procedentes de servicios digitales.
  • Impuesto a herencias.
  • Derogación de la fracción XXX del artículo 28 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, relativo a la limitante a la deducción de ingresos exentos para los trabajadores.
  • Eliminación/reducción IEPS a combustibles fósiles.
  • Asociaciones religiosas como donatarias autorizadas.
  • Proyecto de Reforma a diversos ordenamientos legales para combatir el uso de comprobantes fiscales de operaciones simuladas o inexistentes.
  • Nueva obligación de retención en materia de Impuesto al Valor Agregado.
  • Nueva obligación de retención del ISR.
  • Devoluciones de saldos a favor y sanciones.
  • Sanciones de naturaleza penal.

Deberemos estar atentos al desarrollo y conclusión dentro del período legislativo de las iniciativas de referencia.

Conoce más sobre el tema aquí.

El SAT lanza un Simulador para que prepares tu Declaración Anual 2019

Todo lo que debes saber sobre el nuevo Simulador de Declaración Anual del SAT.

 

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó un simulador que permitirá que los contribuyentes (personas físicas como asalariados, por honorarios o que presten un servicio profesional) preparen de manera anticipada su declaración anual de impuestos correspondiente al ejercicio fiscal 2018, que se deberá presentar para en abril de 2019.

Se trata de una herramienta tecnológica disponible en el portal del SAT, en el que además podrán estimar su saldo a favor para solicitar la devolución de impuestos.

El contribuyente persona física podrá conocer y revisar sus comprobantes de nómina y las facturas que se están considerando para la declaración anual que se presentará el próximo año.

Si hay errores podrán solicitar a sus patrones y proveedores la corrección antes del 31 de diciembre de este año.

Esta es la primera vez que se cuenta con esta herramienta para preparar con mucho tiempo de anticipación la obligación de rendir cuentas.

De acuerdo con el SAT, hasta el momento se puede consultar la información con corte a agosto de 2018, pero se irán cargando las facturas posteriores.

Aclaró que el simulador no genera una propuesta, tampoco guarda información ni hace el envío de la declaración.

El SAT da a conocer algunos cambios en su Guía de llenado de CDFI

Conoce las modificaciones que el SAT hizo con respecto al llenado del comprobante de recibo de pago de nómina…

 

Aspectos Relevantes

1. En caso de que el trabajador reciba anticipo de salarios, el empleador deberá emitir un comprobante de nómina de tipo extraordinario en el cual se registre el importe del anticipo de sueldo con el clave tipo de percepción 038 ” Otros ingresos por salarios”. en el momento en el que se otorgan al trabajador, los descuentos que posteriormente se realicen vía nómina al trabajo se registre el impuesto. En el caso de préstamos que no son anticipos de salarios sólo se reportaran, con carácter informativo, en la sección del descuento.
2. Cuando se haga el uso de la facilidad a que se refiere la regla 2.7.5.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, los contribuyentes podrán emitir a cada trabajador o asimilado a salario un solo CFDI mensual debiendo incorporar al mismo el complemento de nómina por cada uno de los pagos realizados durante el mes, debidamente requisitados.
3. En el caso de que se emita un comprobante fiscal de nómina que tenga errores consistentes en reflejar percepciones en exceso, se puede realizar su corrección de cualquiera de las siguientes formas:
i. Cancelando el CFDI emitido con errores y expidiendo uno nuevo con los datos correctos.
ii. Reflejando como deducción el descuento de las percepciones en exceso, esto en el siguiente CFDI de nómina que se expida siempre que sea en el mismo ejercicio fiscal.
4. Los contribuyentes que hayan tenido errores en la utilización de las claves tipo deducción en jubilaciones, pensiones o haberes de retiro en gravado), deberán cancelar los comprobantes siempre que sea en el mismo ejercicio fiscal.
5. Los pagos que se realicen de manera adicional a los jubilados (extrabajadores) (Pagos por gratificaciones, primas, compensaciones, recompensas u otros a extrabajadores derivados de jubilación en parcialidades) del catálogo tipo percepción de nómina, asimismo, es importante no perder de vista que a estos pagos no les resultan aplicables las exenciones establecidas en el artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
6. En caso de que se realicen pagos por conceptos de prima quinquenal, concepto que usualmente se utiliza en el sector público y de presentarse el caso con patrones del sector privado que se encuentren en una situación análoga, estos conceptos deberán ser reidentificados en el comprobante.
7. En caso de realizar pagos a trabajadores asimilados a salarios identificados con nombre como: gratificaciones, bonos e asimilados a salarios) como percepciones gravadas.
8. Nota 9: En el caso del pago de jubilaciones, estas sólo pueden ser, en una sola exhibición o en parcialidades, por lo que estos conceptos son excluyentes y no se pueden combinar.
9. Se recomienda que para mejorar la calidad de la información en la emisión de comprobantes de nómina los emisores consideren el contenido de las notas ingresadas en los campos Total del Comprobante, y los campos Total Percepciones, Total Deducciones, Total Otros Pagos del Nodo: Nómina, así como los campos Total Sueldos, Total Separación Indemnización, Total Jubilación Pensión Retiro y Total Exento del Nodo: Percepciones y el campo Total Impuestos Retenidos del Nodo: Deducciones del complemento, en el registro de información.
Con fecha del 31 de agosto de 2018, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer a través de su página de Internet una modificación a la Guía de llenado del comprobante del recibo de pago de nómina y su complemento.

Las modificaciones a esta guía se comentan a continuación:

• Se realizó actualización a la dirección electrónica de los siguientes apartados: Documentación técnica, Consulta preguntas frecuentes del complemento de nómina 1.2., Chat y materiales de apoyo de la Introducción.
• Se realizó actualización a la dirección electrónica de los siguientes apartados: Documentación técnica, Consulta preguntas frecuentes del complemento de nómina 1.2., Chat y materiales de apoyo de la Introducción.
• Se agregó nota en el campo “Total” del comprobante, para indicar que este valor debe coincidir con los importes de los totales y éstos con el detalle de percepciones y deducciones.
• Se agregó una nota en el campo “Rfc” del Nodo: Receptor a nivel Comprobante, para indicar el RFC que se debe registrar en el caso de que el trabajador ya haya fallecido.
• Se precisa redacción y se agregó nota en el campo “Total Percepciones” del Nodo: Nómina.
• Se agregó nota en el campo “Total Deducciones” del Nodo: Nómina, para indicar que el importe de este campo debe coincidir con la suma de todas las deducciones (descuentos) que considere el comprobante.
• Se precisa redacción en el campo “Rfc Patrón Origen del Nodo Emisor del Complemento de Nómina”.
• Se adicionó un tercer párrafo en el campo “Curp” del Nodo: Receptor del Complemento de Nómina, para precisar la clave de RFC que se debe registrar en caso de residente extranjero sin clave CURP.
• Se actualizó tabla con la incorporación de la clave “013” Indemnización o Separación del Catálogo Tipo Régimen en el campo “Tipo Régimen” del Nodo: Receptor
• Se modifican los datos registrados en los ejemplos del campo “Porcentaje Tiempo” del Nodo: Subcontratación del Complemento de Nómina.
• Se agregó nota en los campos “Total Sueldos”, “Total Separación Indemnización”, “Total Jubilación Pensión Retiro” del Nodo: Percepción, para indicar que el importe de este campo tiene que ser la suma de todas las percepciones gravadas y exentas de los conceptos de sueldos y salarios y conceptos asimilados a salarios que incluya el comprobante.
• Se agregó nota al campo “Total Exento” del Nodo: Percepciones para indicar que el total de ingresos exentos no puede ser mayor al total de las percepciones que se registraron en el comprobante. • Se agregó nota en el campo “Concepto” del Nodo: Percepción, para indicar que, aunque la descripción no coincida con la descripción del catálogo C Tipo Percepción, ésta debe tener relación y ser concordante con la descripción de la clave.
• Se agregó nota en el campo “Total Impuestos Retenidos” del Nodo: Deducciones, para indicar que no debe existir un importe mayor a cero en el ISR retenido, cuando el trabajador sólo percibe ingresos exentos.
• Se agregó párrafo al campo “Tipo Deducción” del Nodo: Deducción, para indicar que si fueron utilizadas de forma errónea las clave tipo deducción 65,66, 69 y 70, deberán cancelar los comprobantes emitidos volver a elaborarlos y expedirlos “timbrar” y relacionarlos con los cancelados.
• Se agregó nota en el campo “Concepto” del Nodo: Tipo Deducción, para indicar que aunque la descripción no coincida con la descripción del catálogo C Tipo Deducción, ésta debe tener relación y ser concordante con la descripción de la clave.
• Se agregó nota en el campo “Tipo Otro Pago” del Nodo “Tipo Otro Pagos”, para indicar que en caso de que no exista subsidio entregado en efectivo al trabajador, se deberá verificar el Apéndice 5 de esta guía.
• Se agregó nota en el campo “Subsidio Causado” del Nodo: Subsidio Al Empleo para indicar que en caso de que no exista subsidio entregado en efectivo al trabajador, se deberá verificar el Apéndice 5 de esta guía.
• Se agregó notas 4,5,6,7, 8, 9, 10, 11 y 12 al Apéndice 1 Notas Generales.
• Se actualizó la dirección electrónica de los catálogos del comprobante del Apéndice 2.
• Se adicionaron las preguntas 24, 25,26 y 27 en el Apéndice 3 Preguntas y respuestas sobre el Complemento de nómina versión 1.2.
• Se corrige la palabra CFDI en el Apéndice 4 Caso de Uso Reporte de viáticos.
• Se adicionó el Apéndice 5 Procedimiento para el registro del subsidio al empleo causado, cuando no se entregó en efectivo.
• Se adicionó el Apéndice 6 Matriz de percepciones y deducciones para el prellenado de nómina.
• Se adicionan las claves “051” (Pagos por gratificaciones, primas, compensaciones, recompensas u otros a extrabajadores derivados de jubilación en parcialidades), “052” (Pagos que se realicen a extrabajadores que obtengan una jubilación en parcialidades derivados de la ejecución de resolución judicial o de un laudo) y “53” (Pagos que se realicen a ex trabajadores que obtengan una jubilación en una sola exhibición derivados de la ejecución de resolución judicial o de un laudo) en el catálogo Tipo Percepción, para identificar este tipo de pagos.
• Se adicionan las claves “102” (Ajuste a pagos por gratificaciones, primas, compensaciones, recompensas u otros a extrabajadores derivados de jubilación en parcialidades, gravados) y “103” (Ajuste a pagos que se realicen a extrabajadores que obtengan una jubilación en parcialidades derivados de la ejecución de una resolución judicial o de un laudo gravados), “104” (Ajuste a pagos que se realicen a ex trabajadores que obtengan una jubilación en parcialidades derivados de la ejecución de una resolución judicial o de un laudo exentos), “105” (Ajuste a pagos que se realicen a extrabajadores que obtengan una jubilación en una sola exhibición derivados de la ejecución de una resolución judicial o de un laudo gravados) y “106” (Ajuste a pagos que se realicen a extrabajadores que obtengan una jubilación en una sola exhibición derivados de la ejecución de una resolución judicial o de un laudo exentos) para identificar los ajustes a las claves tipo percepción “051”, “052” y “053”.
• Se adiciona la clave “13” (Indemnización o separación en el catálogo Tipo Régimen.

Para más información ingresa aquí.

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