CDMX resoluciones de carácter general de interés fiscal

La Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México publicó, en la Gaceta Oficial de la misma entidad con fecha 19 de enero de 2023, las siguientes Resoluciones de Carácter General de interés fiscal:

  • Resolución de Carácter General mediante la cual se otorgan condonaciones en materia del impuesto predial a favor de los contribuyentes que se indican.
    • SEGUNDO.- Se condona parcialmente el pago del Impuesto que se indica en las Propuestas de Declaración de Valor Catastral y Pago del Impuesto Predial (boleta), que emite la Secretaría de Administración y Finanzas de la Ciudad de México, correspondiente al ejercicio fiscal 2023, a favor de los contribuyentes de 59 años de edad, sin ingresos fijos y de escasos recursos, que sean propietarios del suelo o del suelo y las construcciones adheridas a él, independientemente de los derechos que sobre las construcciones tenga un tercero, siempre que el inmueble de que se trate sea de uso habitacional y su valor catastral no exceda de $2,432,573.00 pesos, a efecto de que únicamente se pague la cuota de $58.00 pesos bimestrales.
    • TERCERO.- Los contribuyentes a que se refiere el numeral anterior cuyo inmueble exceda del valor catastral indicado en el mismo, gozarán de una condonación del 30% del pago del Impuesto que deban efectuar correspondiente al ejercicio fiscal 2023.
  • Resolución de Carácter General mediante la cual se otorgan facilidades administrativas y se condona o exime el pago de las contribuciones, aprovechamientos y sus accesorios que se indican, respecto a los Programas de Regularización Territorial a cargo de la Dirección General de Regularización Territorial
  • Resolución de Carácter General mediante la cual se exime del pago de los derechos y aprovechamientos que se indican a las personas que otorguen su Testamento ante notario de la Ciudad de México y que sean beneficiarias de la estrategia denominada “Ferias del Bienestar”, durante el Ejercicio Fiscal 2023
    • SEGUNDO. Para acceder a los beneficios de la presente Resolución, las personas testadoras deberán observar los siguientes requisitos:
      • a) Ser ciudadana o ciudadano residente de la Ciudad de México, lo que se acreditará con su credencial de elector en la que aparezca como domicilio un inmueble ubicado en la Ciudad de México;
      • b) Tener 65 años o más cumplidos a la fecha del otorgamiento del testamento;
      • c) Obtener su constancia de participación en las “Ferias del Bienestar”, durante el ejercicio fiscal 2023; y
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