El complemento “Carta Porte” se incorpora al CFDI de tipo traslado para acreditar la posesión de los bienes y/o mercancías en territorio nacional.
Los contribuyentes que se dediquen al traslado de mercancía por los distintos medios de transporte, podrán emitir un CFDI de tipo Ingreso incorporando el complemento “Carta Porte”, con el que se podrá amparar la legal posesión de mercancías.
En términos de transitorio Décimo Primero de la PRIMERA Resolución de Modificaciones a la RFM para 2021, el complemento “Carta Porte” entrará en vigor a partir del 1 de junio de 2021 y será obligatorio después de 120 días naturales, siguientes al inicio de la vigencia del complemento, los contribuyentes podrán optar por expedir el CFDI sin incorporar el complemento “Carta Porte”, al finalizar dicho periodo el uso del complemento “Carta Porte” será obligatorio.
Se recomienda la lectura de las preguntas frecuentes del complemento “Carta Porte” publicadas en el portal del SAT, que aclaran algunos temas respecto a su uso.
https://www.grupoadministrategia.com/wp-content/uploads/2021/05/CatalogosCartaPorte.xlsx