Se da a conocer que el día de hoy, 21 de octubre, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en la sección del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) el “DECRETO por el que se reforman los artículos 201, primer párrafo y 205, primer párrafo de la Ley del Seguro Social”, el cual entrará en vigor el día 22 de octubre del 2020.
Para tal efecto, se indica que las reformas tienen la finalidad de eliminar las restricciones actuales para los hombres en relación con el beneficio de los servicios de guardería para sus hijos, a fin de que, padres y madres gocen de los mismos derechos y cobertura, ya que actualmente para ser beneficiarios de los servicios prestados por el instituto la legislación establece condiciones diferentes para cada género (hombres y mujeres).
Por lo anterior, el Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos aprueba y decreta las reformas a la Ley del Seguro Social, a través de las cuales se establece que los padres trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), tendrán el mismo derecho que las madres de llevar a sus hijas e hijos a las guarderías del Instituto, quedando como sigue:
“Artículo 201. El ramo de guarderías cubre los cuidados, durante la jornada de trabajo, de las hijas e hijos en la primera infancia, de las personas trabajadoras, mediante el otorgamiento de las prestaciones establecidas en este capítulo.
(…)
Artículo 205. Las personas trabajadoras aseguradas tendrán derecho a los servicios de guardería para sus hijas e hijos, durante las horas de su jornada de trabajo, en la forma y términos establecidos en esta Ley y en el reglamento relativo.
(…)”
Para consultar el “Decreto por el que se reforman los artículos 201, primer párrafo y 205, primer párrafo de la Ley del Seguro Social”, acceder a la siguiente liga:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5603252&fecha=21/10/2020
En Grupo Administrategia agradecemos su interés en la lectura del presente boletín informativo y nos reiteramos a sus órdenes para apoyarle en cualquier revisión, análisis o recomendación que en este contexto sea requerida.
Fundamento Legal:
Diario Oficial de la Federación (DOF) del 21 de octubre del 2020, Sección del Instituto Mexicano del Seguro Social.