DICTAMEN – PROYECTO DE DECRETO PARA REFORMAS EN MATERIA DE SUBCONTRATACIÓN

El día de ayer, 13 de abril del 2021, las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados, aprobaron y dieron a conocer el Dictamen para Declaratoria de Publicidad del Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las Leyes Federal del Trabajo, del Seguro Social, y del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, así como del Código Fiscal de la Federación, y de las Leyes de los Impuestos sobre la Renta, y al Valor Agregado, en materia de subcontratación laboral (Outsourcing).

Cabe señalar que el Proyecto de reforma aprobado el día de ayer por el Pleno de la Cámara de Diputados, prácticamente se aprueba y envía al Senado con el mismo texto de la iniciativa del 07 de abril del 2021dada a conocer en nuestro boletín fiscal 58/21 publicado el 08 de abril del presente, con la diferencia de que en el nuevo texto se incluyen reformas a las siguientes leyes:

  1. Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).
  2. Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del apartado B, del Artículo 123 de la de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).

Para tal efecto, se enfatiza que el cambio en ambas leyes consiste en incluir la prohibición de manera expresa de la subcontratación de personal por parte y en beneficio de las dependencias del gobierno, permitiendo en adelante únicamente la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas, siempre y cuando el contratista esté registrado en el padrón público señalado en el Artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo (artículo reformado).

Finalmente, señalamos que este dictamen se envía al Senado de la República para continuar con el proceso legislativo respectivo, a fin de que entre en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, con excepción de los artículos que expresamente sean señalados en el propio decreto a través de transitorios, los cuales podrán tener una fecha de entrada en vigor diferente según aplique en cada caso.

Para consultar el documento completo de la Gaceta Parlamentaria del 13 de abril del 2021 que contiene el texto aprobado por los diputados, visualizar la siguiente liga:

https://www.grupoadministrategia.com/wp-content/uploads/2021/04/Gaceta-Parlamentaria-Camara-Diputados-13abr21-anexo-VIII.pdf

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