EN FUNCIONAMIENTO LA NUEVA PLATAFORMA “REPSE” PARA EL “REGISTRO DE EMPRESAS QUE PRESTAN SERVICIOS ESPECIALIZADOS U OBRAS ESPECIALIZADAS” (ART. 13 Y 15 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO).

En relación con nuestro boletín 80/2021 publicado el pasado 24 de mayo, relativo a la nueva plataforma que habilitó la Secretaria del Trabajo y Previsión Social (STPS) para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refieren los artículos 13 y 15 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), les informamos que dentro de la plataforma “REPSE” (Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas), ya se encuentra habilitada la sección “Ingresar – Registrarme” para fines del citado registro, cuyo plazo para obtenerse vence el 21 de agosto del 2021.

Al respecto, para poder ingresar a la plataforma y realizar el registro correspondiente será necesario contar con la e.firma vigente asignada a la persona moral o, en caso de estar registrado como persona física, la e.firma personal, así como proporcionar de manera enunciativa, no limitativa, la siguiente información:

  • Datos generales tales como nombre o razón social de la empresa, RFC, Tipo de Inscripción, CURP, Clave de elector del responsable de la e.firma, número de trabajadores, nombre comercial.
  • Datos de contacto (teléfono principal y alterno).
  • Datos del acta constitutiva (entidad de registro, fecha de protocolización, datos de identificación del fedatario público y notaria).
  • Objeto social de la persona moral según acta constitutiva y archivo PDF donde se resalten las actividades que se van a registrar en el padrón y que serán las únicas por las que podrá ser subcontratado.
  • Datos del registro patronal (clave del registro, clasificación, número de trabajadores), y documento que lo ampare para cargarlo en la plataforma.
  • Domicilio fiscal y domicilios adicionales de sucursales.
  • Para registrar cada actividad deberá llenarse un cuestionario relativo a los empleados, rango salarial, números de recibos de nómina que se entregan, etc.

Adicionalmente, considerar que:

  • El sistema validará que el contribuyente este al corriente en sus obligaciones ante el SAT, IMSS e INFONAVIT, de lo contrario no se podrá continuar con el proceso de registro, debiendo corregir su situación primero para poder registrarse.
  • Los distintos documentos requeridos por la autoridad para realizar el registro relativos a la identificación oficial del representante de la e.firma o de la persona física que se registra, al domicilio fiscal, acta constitutiva, comprobantes de nómina, poder notarial, etc, deberán cargarse en la plataforma para poder finalizar el registro y obtener el acuse de recibo del trámite correspondiente.

Para acceder a la plataforma, ingresar al siguiente link:

http://repse.stps.gob.mx.
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