MODIFICACIÓN A LOS IMPUESTOS ECOLÓGICOS DE REMEDIACIÓN AMBIENTAL EN GUANAJUATO

El Poder Legislativo del Estado de Guanajuato publicó el Decreto 175 con fecha 30 de diciembre de 2022. En este se modifican consideraciones respecto a los Impuestos Ecológicos de Remediación Ambiental. Los aspectos a resaltar están contenidos en los transitorios octavo, noveno y décimo:

    • Transitorio octavo: El inicio de vigencia para la tributación del Capítulo Octavo del Título Segundo de la Ley de Hacienda para el Estado de Guanajuato Impuestos ecológicos de Remediación Ambiental será el 1 de junio de 2023.
    • Transitorio noveno: Las personas físicas, personas morales y las unidades económicas que tributen conforme al Capítulo Octavo, Título Segundo de la Ley de Hacienda para el Estado de Guanajuato Impuestos ecológicos de Remediación Ambiental deberán presentar declaraciones mensuales.
    • Transitorio décimo: No se determinará ni pagará el impuesto para Remediación Ambiental únicamente por la emisión indirecta de Gases Contaminantes durante el ejercicio fiscal 2023, establecidas en el artículo 78-C de la Ley de Hacienda para el Estado de Guanajuato.

 

Consulte el documento:

Decreto Legislativo 175, mediante el que se expide la Ley de Ingresos del Estado de Guanajuato para el Ejercicio Fiscal 2023.

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