El Poder Legislativo del Estado de Guanajuato publicó el Decreto 175 con fecha 30 de diciembre de 2022. En este se modifican consideraciones respecto a los Impuestos Ecológicos de Remediación Ambiental. Los aspectos a resaltar están contenidos en los transitorios octavo, noveno y décimo:
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- Transitorio octavo: El inicio de vigencia para la tributación del Capítulo Octavo del Título Segundo de la Ley de Hacienda para el Estado de Guanajuato Impuestos ecológicos de Remediación Ambiental será el 1 de junio de 2023.
- Transitorio noveno: Las personas físicas, personas morales y las unidades económicas que tributen conforme al Capítulo Octavo, Título Segundo de la Ley de Hacienda para el Estado de Guanajuato Impuestos ecológicos de Remediación Ambiental deberán presentar declaraciones mensuales.
- Transitorio décimo: No se determinará ni pagará el impuesto para Remediación Ambiental únicamente por la emisión indirecta de Gases Contaminantes durante el ejercicio fiscal 2023, establecidas en el artículo 78-C de la Ley de Hacienda para el Estado de Guanajuato.
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