Con estas medidas se pretende que la nueva administración incremente la recaudación fiscal.
El anteproyecto de la LIF para el ejercicio 2019, que entrará en vigor a partir del 1 de enero, y que aún se encuentra en proceso de revisión y discusión por parte del equipo económico del Presidente electo, contempla que se condonarán, total o parcialmente, los créditos fiscales consistentes en contribuciones federales cuya administración corresponda al SAT, cuotas compensatorias, actualizaciones y accesorios de ambas, así como las multas por incumplimiento de las obligaciones fiscales federales distintas a las obligaciones de pago.
Los principales beneficios del programa son los siguientes:
La condonación total o parcial de adeudos con el SAT por concepto de contribuciones federales que se hayan generado entre el 1 de Enero de 2013 y el 31 de Diciembre de 2018.
No se pagarán actualizaciones recargos y multas.
No se publicarán los datos de los contribuyentes que participen en el programa.
Se tienen por cumplidas las obligaciones de forma y fondo.
La facilidad de repatriar capital con un ISR de únicamente 3%. Se especifica que el monto repatriado deberá invertirse en la adquisición de bienes de activo fijo deducible para efectos de ISR o para el desarrollo de productos, materiales o procesos de producción para la investigación y desarrollo de tecnología.
Los patrones que se hayan retrasado con el pago de sus cuotas patronales del IMSS recibirán una condonación de hasta el 100% de multas y recargos generados por el adeudo.
Con estas medidas se pretende que la nueva administración incremente la recaudación fiscal, además de ampliar la base tributaria, para así obtener recursos de manera rápida, a efecto de que éstos puedan aplicarse en los diferentes programas que se tienen contemplados.