PRODECON. CRITERIOS APROBADOS EN LA CUARTA SESION ORDINARIA DEL COMITÉ TÉCNICO DE NORMATIVIDAD 29 DE ABRIL 2021.

12 criterios jurisdiccionales y 2 criterios sustantivos.

Criterio jurisdiccional 24/2021 devolución. Saldo a favor del ISR, es ilegal el desistimiento cuando la autoridad omitió valorar la totalidad de los documentos que el contribuyente acompañó a la solicitud, cuando de éstos se reconoce su derecho.

Criterio jurisdiccional 25/2021 Pago de lo indebido. Tiene tal carácter el pago forzoso de un crédito mediante el embargo de bienes que posteriormente fue anulado, y no de una restitución de bienes embargados o pago de su valor si se hubiesen vendido y, por ende, corresponde al SAT efectuar la devolución. (Legislación vigente en 2018).

Criterio jurisdiccional 26/2021 Personalidad jurídica al promover el juicio contencioso administrativo. El poder notarial para pleitos y cobranzas no deja ser el idóneo aún y cuando haya fenecido su vigencia al momento de presentar la demanda, siempre y cuando no se exprese en aquél que por el paso del tiempo los miembros del consejo perderán su puesto y facultades.

Criterio jurisdiccional 27/2021 Personalidad jurídica al promover el juicio contencioso administrativo. Para acreditarla, no es necesario que el poder notarial para pleitos y cobranzas se encuentre inscrito ante el registro público de la propiedad.

Criterio jurisdiccional 29/2021 Aclaración. La respuesta recaída a la petición efectuada al SAT para que considere formalmente presentada una solicitud de devolución, y ante la imposibilidad de obtener una cita para la renovación de su e.firma, constituye una resolución definitiva impugnable en sede contenciosa

Criterio jurisdiccional 30/2021 Reconsideración Administrativa. La resolución recaída a aquella, para cumplir con los requisitos de fundamentación y motivación, debe considerar las bondades que conlleva el retorno extemporáneo del vehículo internado temporalmente al país.

Criterio jurisdiccional 31/2021 PAMA. El valor de transacción consignado en el pedimento de importación, debe utilizarse para determinar la base gravable de las contribuciones y demás consecuencias derivadas de la omisión de retornar a la franja fronteriza, el vehículo internado temporalmente al resto del país y, no así, el obtenido conforme métodos alternativos de valuación, ya que la declaración de autoembargo no constituye una excepción para ello, en términos del artículo 67 de la ley aduanera

Criterio jurisdiccional 32/2021 Renta. Devolución. La autoridad fiscal se encuentra obligada a verificar la cuenta clabe proporcionada por el contribuyente y en caso de datos erróneos debe requerir para resolver la procedencia de la misma.

Criterio jurisdiccional 33/2021 Recurso de Revocación. Es ilegal su desechamiento por falta de personalidad del representante legal de la recurrente, si existe incongruencia entre el nombre que aparece en el escrito electrónico que lo contiene y el del titular de la e.firma utilizada para su presentación en línea, si previamente no se le requirió aclarara quién es la persona que promovió en su nombre.

Criterio jurisdiccional 34/2021 Juicio Contencioso Administrativo. Es ilegal que se tenga por no presentada la demanda, si ésta se ingresó mediante “la oficialía de partes común en línea” del TFJA con la firma electrónica avanzada de la persona moral y no con la de su representante legal.

Criterio jurisdiccional 35/2021 Valor Agregado. Saldo a favor. Es ilegal negar su devolución condicionándola a que se demuestre la existencia de las operaciones manifestadas en los comprobantes emitidos por los proveedores de la contribuyente.

Criterio jurisdiccional 36/2021 Aportaciones Voluntarias efectuadas a esa subcuenta. Procede considerarlas como deducción personal del trabajador, no obstante que se hayan realizadas a través del patrón, en términos del artículo 192 de la ley del seguro social.

Criterio sustantivo 6/2021/CTN/CS-SASEN Suspensión del plazo para notificar el inicio de un procedimiento amistoso (MAP, por sus siglas en inglés). Procede aun cuando la autoridad fiscal inicia facultades de comprobación, fuera del plazo de cuatro años y medio previsto en el convenio para evitar la doble tributación.

Criterio sustantivo 7/2021/CTN/CS-SASEN Decretos de Estímulos Fiscales Regiones Fronterizas Norte y Sur. Los contribuyentes que a la fecha de su entrada en vigor ya se encontraban inscritos en el RFC, pero no presentaron el aviso para la aplicación del beneficio en materia de ISR e IVA, pueden acceder a ellos en los ejercicios fiscales subsecuentes.

https://www.grupoadministrategia.com/wp-content/uploads/2021/05/29042021criterios_aprobados_4ta_so_ctn_2021.pdf

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