La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) dio a conocer, mediante su portal de internet, los siguientes criterios aprobados en la Quinta Sesión Ordinaria del Comité Técnico de Normatividad de fecha 25 de mayo de 2023:
- Criterio Normativo 1/2023/CTN/CN. Queja ante PRODECON. Es procedente concluirla cuando la pretensión implique un pronunciamiento de fondo sobre la legalidad del acto presuntamente violatorio de derechos, en el supuesto en que se corrobore que éste fue impugnado para los mismos efectos ante un órgano judicial o jurisdiccional, encontrándose sub júdice.
- Criterio Jurisdiccional 36/2023. Renta. Los ingresos por concepto de bono de pensión y los correspondientes a las subcuentas SAR y RCV, reciben un tratamiento fiscal diferente, por lo que la exención del primero se determina en términos del artículo 171 del reglamento de la ley del ISR, mientras que a los segundos les resulta aplicable lo dispuesto en el artículo 93, fracción XIII, de la ley del ISR.
- Criterio Jurisdiccional 37/2023. Recurso de revocación. Es ilegal su desechamiento bajo el argumento de que no se formularon agravios en contra de la resolución recurrida (negativa de devolución), cuando la persona promovente precisó tanto la razón por la que estaba combatiendo ese acto, así como el motivo por el cual no se encontraba de acuerdo con esa determinación.
- Criterio Jurisdiccional 39/2023. Verificación de domicilio fiscal. Es ilegal la multa impuesta en términos del artículo 79, primer párrafo, fracción VI, del CFF, por estimar que en el lugar visitado no se encuentra el principal asiento del negocio, ni los activos fijos para realizar la actividad manifestada por la persona contribuyente al RFC (siembra, cultivo y cosecha de sorgo y grano), si el personal verificador no toma en cuenta las particularidades de la actividad de la persona contribuyente.
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