SCJN deducibilidad de créditos incobrables

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó, con fecha 26 de abril del presente año, el comunicado de prensa 149/2023 titulado “Es razonable que la Ley del Impuesto Sobre la Renta requiera demostración de que hay imposibilidad práctica de cobro de un crédito para que sea deducible por esa razón”. En el comunicado se expresa lo siguiente:

  • “El artículo 27, fracción XV, inciso b), de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, vigente a partir de 2022, prevé como requisito para deducir ese tipo de créditos, el obtener una resolución definitiva emitida por la autoridad competente, con la que se demuestre haber agotado las gestiones de cobro o, en su caso, que fue imposible la ejecución de la resolución favorable.”

Consulte el comunicado:

Comunicado SCJN 149/2023

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