La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) mediante Comunicado de Prensa No. 212/2023 de fecha 14 de junio de 2023, dio a conocer que, la Segunda Sala reafirmó la prohibición a la subcontratación de personal, indicando que, excepcionalmente, solo se autoriza la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas. Asimismo, validó diversos requisitos impuestos a las empresas dedicadas a la subcontratación especializada; sin embargo, determinó que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) no tiene facultades para definir qué debe entenderse por servicios u obras especializadas.
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