La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) mediante Comunicado de Prensa No. 210/2023 de fecha 14 de junio de 2023, dio a conocer que, la Segunda Sala determinó que es válida la facultad del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para requerir información sobre la persona o grupo de personas físicas que controlan o se benefician económicamente por participar en una persona moral, un fideicomiso o cualquier otra figura o acto jurídico (beneficiario controlador).
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