A pesar de que aún no se encuentra lista la plataforma “Declaraciones y pagos” para realizar la presentación de la declaración de pago provisional de ISR en términos de la regla 3.9.19, la Primera resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2021, segunda versión anticipada, publicada el pasado 17 de febrero, considera una importante modificación a la regla:
3.9.19. …
Concluido el llenado de la declaración, se deberá realizar el envío utilizando la e.firma.
LISR 14, RMF 2021 2.8.4.1.
Derivado de lo anterior, resalta la importancia de que los contribuyentes realicen la revisión de la vigencia de su e.firma y en su caso, efectúen la renovación a fin de evitar contratiempos que pudieran conllevar impactos económicos una vez que la citada plataforma se encuentre disponible en el portal del SAT.