El día de ayer, 27 de septiembre de 2021, se publicó en la versión vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) un Decreto por el cual la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) otorga beneficios fiscales a contribuyentes contemplados en la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.
En particular, el Artículo Primero del Decreto establece que para efectos del artículo 42 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, se autoriza a los Asignatarios obligados a realizar pagos provisionales del derecho por la utilidad compartida a que se refiere el Título Tercero, Capítulo I del citado ordenamiento, a pagar a plazo en forma diferida el pago provisional correspondiente a agosto de 2021, a más tardar el 29 de octubre de 2021. El pago provisional que realicen los Asignatarios en los términos de este artículo no generará recargos por prórroga, actualización, ni dará lugar a sanción alguna.
Asimismo, el Artículo Segundo del Decreto indica que para los efectos del artículo 44 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, se autoriza a los Asignatarios obligados a realizar pagos mensuales del derecho de extracción de hidrocarburos a que se refiere el Título Tercero, Capítulo II del citado ordenamiento legal, a pagar a plazo en forma diferida el pago mensual correspondiente a agosto de 2021, a más tardar el 29 de octubre de 2021. El pago mensual que realicen los Asignatarios en los términos de este artículo no generará recargos por prórroga, actualización, ni dará lugar a sanción alguna.
El Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el DOF y estará vigente hasta el día 29 de octubre de 2021.
Para consultar el documento íntegro, favor de visualizar el siguiente enlace: