Se recuerda que el 31 de diciembre de 2022 vence el plazo para cancelar los CFDI de ejercicios fiscales anteriores al ejercicio fiscal 2022. Sólo podrán ser cancelados aquellos que cumplan los respectivos supuestos estipulados en el artículo cuarto de la Cuarta Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 09 de junio de 2022.
Consulte el archivo:
Cuarta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022