El día 26 de marzo del 2021, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer en su página de internet la versión anticipada de la 5a Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020 (RGCE), lo anterior, con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o. y 144 de la Ley Aduanera; 33, fracción I, inciso g), del CFF; 14, fracción III de la Ley del SAT, y 8 de su Reglamento.
Mediante esta versión anticipada se incluye a través del artículo Transitorio Segundo que, para efectos de lo dispuesto en la regla 4.2.13., fracciones II y III de las RGCE, quienes efectúen la importación temporal de contenedores, podrán optar por realizarla mediante el formato “Constancia de importación temporal, retorno o transferencia de contenedores” previsto en el Anexo 1 de las RGCE, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 30 de junio de 2020. Esta opción podrá aplicarse del 23 de marzo de 2021 al 10 de mayo de 2021.
Finalmente se señala que dicha Resolución de Modificaciones entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
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